23 de julio de 2013

La soledad de la niñez


Niño, mi niño, vendrás en primavera,
te traeré.
Gurisito mío,
lugar de madreselvas te daré.
Y aunque nazcas pobre, te traigo también:
se precisan niños para amanecer
(Daniel Viglietti, Gurisito).

Estas últimas semanas, a través de la prensa nos hemos enterado de graves vulneraciones a los Derechos de niños y niñas de nuestro país, seguramente como chilenos no hemos tomado aún el peso y la magnitud de este tema, que afloró a partir de diversos informes en el proceso de actualización de catastro al sistema residencial y hogares de acogida, llevado a cabo por los tribunales de familia en colaboración con profesionales de Unicef.

La tarea mencionada se comenzó a realizar en el año 2009, y se extiendo a diversas regiones de nuestro país, tal vez intuyendo los potenciales resultados o solamente recabando información para tomar mejores medidas de protección y resolver así la situación de cientos de niños, niñas y jóvenes separados de sus familias por diversas causales, entre las principales están, la negligencia parental, abandono, situación de calle, maltrato o abuso sexual, todo esto publicado en el documento “El sistema residencial en Chile Análisis de casos: Aldeas Infantil SOS”.
 
La mencionada publicación ha sacado ronchas entre las autoridades, apareciendo en pantalla parlamentarios rasgando vestiduras, con frases para el bronce y la galería en año electoral, que no resuelven el tema de fondo, nuevamente quedándonos en la superficie de la forma. No basta con solicitar la renuncia del director del Servicio Nacional de Menores, Rolando Melo Latorre, aunque desde la Ética Profesional esperamos que dé un paso al costado sin titubeos, al igual que todos los profesionales que hayan sabido, leído o escuchado de estas vulneraciones u de otras; Tampoco es solución cerrar 3 u 4 hogares por “problemas técnicos-administrativos”, pues al cerrarlos, ¿Quién acogerá a esos niños?
 
Haciendo memoria… bajo el gobierno de Ricardo Lagos Escobar, en el año 2001 se entregó al país la “Política Nacional y el Plan de Acción Integrado a favor de la Infancia y la Adolescencia 2001-2010”, en dicha ocasión se señaló: “Estamos convencidos de que el bienestar de nuestros niños y niñas es una tarea de toda la sociedad chilena y es la mejor inversión que podamos realizar como país para lograr nuestro pleno desarrollo y avanzar en el proceso de integración social que requerimos”.
 
Así, al menos en el papel ese gobierno selló su compromiso con el desarrollo de una política garantista, que apostaba a que el reconocimiento y respeto de los derechos de niños, niñas y adolescentes, permitiría lograr para todos una mejor calidad de vida.
Acá rescato un artículo de la Convención de Derechos del Niño ratificada por Chile en 1990, “Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social”. (Artículo 27, párrafo 1, CDN)
La convención posee 54 artículos y se rige por cuatro principios fundamentales:
 
• No discriminación: El niño no deberá sufrir debido a su raza, color, género, idioma, religión, nacionalidad, origen social o étnico, o por ninguna opinión política o de otro tipo; ni tampoco debido a su casta o por alguna discapacidad.
• El interés superior del niño: las leyes y las medidas que afecten a la infancia deben tener primero en cuenta su interés superior y beneficiarlo de la mejor manera posible.
• Supervivencia, desarrollo y protección: las autoridades del país deben proteger al niño y garantizar su desarrollo pleno - físico, espiritual, moral y social.
• Participación: Los niños tienen derecho a expresar su opinión en las decisiones que le afecten, y que sus opiniones se tomen en cuenta.
 
La Política Nacional y su Plan de Acción, a los que se hacía mención en los párrafos anteriores, estableció un modelo de gestión, es decir un sistema institucional en el cual se definen las atribuciones, responsabilidades y competencias de los agentes institucionales que participan en ella, como así también los mecanismos a través de los cuales deben operar. Lo central de este modelo es que debe garantizar el trabajo conjunto y la coordinación intersectorial e interinstitucional de todas las instancias gubernamentales involucradas en la ejecución de políticas de promoción de los derechos y bienestar de la niñez y la adolescencia.
 
A partir de lo anterior, no cabe duda que nuevamente el Estado falló, como en el pasado reciente, incluida la Corte Suprema, nadie previó las consecuencias de esta investigación. Sólo desnudó nuestras falencias. No existe en Chile un verdadero y real sistema de protección de la Infancia y promotor de derechos. Cuando un niño, niña o un adolescente sufre una vulneración, en general entra en una maquinaria de re-victimización por parte del Estado… en un camino sin fin y sin retorno.
 
En esta situación somos todos responsables, incluyendo los gobiernos de Aylwin, Frei, Lagos, Bachelet, y Piñera, pues no fueron capaces de otorgar un sistema proteccional en favor de la Niñez y la Adolescencia. Y también será responsable cualquier próximo gobierno, si no avanza en enfrentar los graves problemas estructurales que impactan en la desprotección de la niñez.
 
Cito nuevamente otro artículo de la Convención, “Los niños temporal o permanente privados de su medio familiar, o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio, tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado” (Artículo 20, CDN).
 
Las causas inmediatas son muchas, entre ellas destaco, el desarrollo desigual y combinado de la economía y el país, la pobreza, la focalización de las políticas sociales -más económicas que sociales-, la subvención niño atendido, la pauperización del trabajo social, la licitación perversa, el concepto mal aplicado de organismos colaboradores, falta de personal, remuneraciones escuálidas, falta de voluntad, escaso y nulo seguimiento técnico profesional, falta de espacios protectores en favor de niños, niñas y adolescentes, la mirada adultocentrista y neofilántropica y la nula protección a estos niños ciudadanos, pues como no votan simplemente no existen, pero sí deben cumplir penas privativas de libertad, una contradicción más del sistema proteccional.
 
Es imperativo contar con una Ley de Protección de Derechos, que dé un marco sustantivo acorde a los principios rectores de la Convención sobre Derechos del Niño ratificada por Chile, para poder dar orientaciones claras, precisas y contundentes al actuar y a las políticas de una nueva estructura que vele por la Infancia y Adolescencia.
 
Indudablemente es necesario abordar la protección cuando se han vulnerado derechos, pero los niños no son sujetos de derechos “vulnerados”, sino muy por el contrario, son sujetos de derechos porque deben “gozar” de ellos, y por eso, los niños son puramente niños, y no en riesgo social o vulnerados. Porque si bien es cierto, pueden ocurrir eventos de vulneración y abusos, pero esos abusos y vulneraciones no definen a los niños como ciudadanos empoderados y con derecho a la Participación, a la Salud, a la Recreación y a una Educación Gratuita, por citar otros derechos.
 
Cuando nuestros niños, niñas y adolescente han sido vulnerados en sus DERECHOS, han sido abandonados, requieren protección, una familia que los ampare, un ESTADO que los defienda. Los escándalos que salen a la luz estos días no son escándalos del Sename sino de un país completo llamado CHILE, que es incapaz de proteger a sus niños-semillas.
 
En el Chile del siglo XXI, nuestros NIÑOS, no sólo los usuarios de la red Sename, no tienen derechos que sean defendidos naturalmente, y nuestros gobiernos y parlamentarios comienzan a hablar de sus deberes citando “a todo derecho le corresponde un deber”. El desafío, por tanto, significa entender y pensar la Infancia no como niños y niñas, sino como futuros adultos y en ese proceso, construir una sociedad más integradora, inclusiva, humana y solidaria.
 
Niño, mi niño,
tu niño y aquel niño, todos van.
Rueda, que te rueda,
hacia la vida nueva llegarán.
(Daniel Viglietti, Gurisito, 1971).

 

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